
Agente Digitalizador ayuda Kit Digital

El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España, que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de madurez digital. La financiación de las ayudas se efectúa con fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, financiado por el Plan europeo Next Generation EU.
Las soluciones digitales de BMD Solutions están dirigidas a empresas clasificadas en los siguientes segmentos:
- I- Pequeñas Empresas entre 10 y 49 trabajadores (hasta 12.000 euros).
- II- Empresas de 3 a 9 empleados (hasta 6.000 euros).
- III- empresas de 0 a 2 empleados (hasta 2.000 euros)
BMD Solutions como agente digitalizador
En BMD Solutions estamos trabajando para ser agentes digitalizadores. Nuestra participación como agente digitalizador nos habilitará para suscribir acuerdos de colaboración con las Pymes y autónomos y ayudarlos.
De esta forma acompañamos a los negocios en los procesos de transformación digital, implementando soluciones tecnológicas que se encuentren dentro de alguna de las categorías. Esto es lo que podemos hacer por ti:
- Tramitamos tu Kit digital para que no pierdas tiempo en las gestiones.
- Te asesoramos sobre la mejor solución para los objetivos que quieres alcanzar.
- Implantamos la solución de digitalización en tu empresa.
- Fijamos contigo los objetivos a alcanzar y medimos su éxito.
Dentro de toda la oferta de servicios del Kit Digital desde BMD Solutions podemos ofrecerte los siguientes servicios como agente digitalizador:
Requisitos para conseguir el bono digital
Aquí enumeramos los requisitos para solicitar el bono digital o ayuda para las Pymes:
- Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo (entre 1 y 49 trabajadores).
- Estar registrado en Acelera pyme y realizar el test autodiagnóstico digital de tu empresa (lo explicamos en detalle más adelante)
- Una vez concedida la ayuda, tendrás 6 meses para gastarla en hasta 5 servicios de 1 año de duración.
- La subvención cubre hasta el 100% del coste de los servicios.
- La subvención será inferior al coste mínimo de implantar el paquete.
- El bono será de un máximo de 12.000 euros.
- Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
- Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
- Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas minimis (de pequeña cuantía).